3 abr 2014

Baja por riesgo en el embarazo

Ya en el tercer trimestre del embarazo de Sofie, mi médico de cabecera me habló de la prestación por riesgo en el embarazo. Nadie me había hablado al respecto y fue un gran descubrimiento. A esas alturas ya la ciática me estaba quitando el sentido y mantener la rutina habitual en el colegio era cada vez más difícil. Gracias a él pude acogerme a este derecho que tenemos las madres trabajadoras. Podía haberla pedido antes pero soy de las que piensan que el embarazo no es una enfermedad y que mientras te encuentres bien, es más saludable seguir con tu vida diaria. Poco antes de cumplir la semana 32 me la concedieron.


La prestación por riesgo en el embarazo es un derecho de todas las trabajadoras, independientemente de su antigüedad en el puesto. A diferencia de la prestación por maternidad, no se exige un período mínimo de cotización para tener derecho a ella. Se cobra el 100% del salario y no debe confundirse con una baja por embarazo de riesgo ni por enfermedad. Los requisitos para solicitar esta baja y prestación varían según el puesto de trabajo y las condiciones del mismo y se han de cumplimentar una serie de documentos para solicitarla a la mutua correspondiente. A partir de la semana 37 todas podemos solicitarla, sea cual sea nuestra profesión y dos semanas antes si el embarazo es mútiple. Lo mejor es dirigirte a tu médico o matrona y que te aconsejen. Para más info pincha aquí.


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